JurídicoESEN
Order (Auto)June 12, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Ese Hospital Departamental Universitario Del Quindio San Juan De Dios·Respondent Asmet Salud Eps

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Topic · hard data
Controversia Sobre Devoluciones Efectuadas A Facturas Generadas Por Prestación De Servicios De Salud-Conflicto Entre Entidades Pertenecientes Al Sistema General De Seguridad Social En Salud.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Superintendencia Nacional De Salud En Ejercicio De Sus Funciones Jurisdiccionales
  • Conflictos derivados de las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Armenia (Quindío).

Es causa de la controversia, demanda presentada por la ESE Hospital Departamental Universitario del Quindío San Juan de Dios, en contra de la Asociación Mutual La Esperanza ASMET Salud EPS-SAS, con la que pretende que la Superintendencia ordene al demandado el pago de las facturas generadas por concepto de la prestación de servicios de salud a sus usuarios, que fueron objeto de devolución por la entidad responsable del pago.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena alude el Auto 2032 de 2023 como precedente, en el que esta Corporación concluyó que la Superintendencia Nacional de Salud es competente para conocer y, señala que para que la Superintendencia Nacional de Salud sea competente en asuntos relativos a la devolución o glosas a facturas derivadas del Sistema de Salud, es necesario acreditar dos elementos: (i) que el asunto verse sobre devoluciones o glosas, según la definición de devolución y glosa incluida en el Anexo Técnico N° 6 del Manual Único de Glosas, Devoluciones y Respuestas, contenido en la Resolución 3047 de 2008; y (ii) que la controversia se suscite entre dos entidades pertenecientes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, presupuestos que se ajustan a los hechos del caso en estudio, por lo que la Corte resuelve con la regla de decisión, según la cual, de conformidad con el artículo 116 de la Constitución y con el literal f) del artículo 41 de la Ley 1122 de 2007, la Superintendencia Nacional de Salud es la competente para conocer de controversias entre entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que versen sobre devoluciones o glosas a las facturas correspondientes a la prestación de servicios médicos.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente a la Superintendencia Nacional de Salud para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, y a los Juzgados Tercero Administrativo y Segundo Laboral, ambos del Circuito de Armenia (Quindío).

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado
  2. Tercero. Administrativo del Circuito de Armenia (Quindío), en el sentido de DECLARAR que la Superintendencia Nacional de Salud es la autoridad competente para conocer la demanda que presentó la ESE Hospital Departamental Universitario del Quindío San Juan de Dios contra la Asociación Mutual La Esperanza ASMET Salud EPS-SAS y/o la Sociedad ASMET Salud EPS-SAS, o el ente o ficción encargada de escindirla.
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5436 a la Superintendencia Nacional de Salud para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, y a los Juzgados
  4. Tercero. Administrativo y
  5. Segundo. Laboral, ambos del Circuito de Armenia (Quindío).
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.